Plan de Seguridad Ciudadana en Ambato Durante las Festividades de 2023

En Ambato, la seguridad y el bienestar de nuestros ciudadanos durante las festividades de Navidad y Fin de Año 2023 es una de nuestras prioridades. Conscientes de la importancia de estas celebraciones en nuestra comunidad, la Asamblea de seguridad cantonal, liderada por la ingeniera Diana Caiza, alcaldesa de Ambato,   ha desarrollado un Plan de Seguridad Ciudadana integral y proactivo para las festividades de Navidad y Fin de Año 2023.

Este plan es el resultado del trabajo articulado entre la Municipalidad, Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Gobernación de Tungurahua, Ministerio de Salud Pública, ECU 911, Cuerpo de Bomberos, Cámara de Comercio, líderes barriales, entre otros.

Festividades de Navidad

Durante las festividades navideñas en Ambato, uno de los desafíos más notables es el aumento de comerciantes informales. Entendemos y respetamos el esfuerzo de cada ciudadano por prosperar y reconocemos su derecho a trabajar en un entorno seguro y organizado. Por esta razón, nuestra administración ha tomado medidas  para ofrecer soluciones adecuadas.

Hemos designado el amplio Garage del Mercado Central, situado en la Av. 12 de Noviembre, como el espacio ideal para que los comerciantes realicen sus actividades. Este lugar, que se extiende a lo largo de más de seis pisos, no solo ofrece suficiente espacio, sino que también está equipado con todas las comodidades necesarias para garantizar un comercio seguro y eficiente.

Los comerciantes se beneficiarán de servicios como guardianía privada y baterías sanitarias en cada piso, asegurando así un ambiente cómodo para todos. La iluminación adecuada y los sistemas de videovigilancia son aspectos clave que hemos implementado para reforzar la seguridad. Estas y otras amenidades hacen de este lugar el espacio perfecto para acoger a los comerciantes que llegan durante la temporada navideña.

 

Venta de Monigotes

Se ha destinado los siguientes lugares para el desarrollo seguro y ordenado de esta actividad 

Zonas determinadas para tarimas y concursos de Monigotes

Se han destinado los siguientes lugares para que se pueda llevar a cabo las celebraciones de fin de año, estos sitios también serán peatonizados y controlados para que la ciudadanía pueda disfrutar de manera segura estos eventos.

Calle Bolivia

(Ingahurco) Desde Av. de las Américas hasta la calle Argentina

Av. Victor Hugo

Desde los Chasquis hasta la calle Atis

Av. Cevallos

Desde la calle Olmedo hasta la calle Lalama

Av. Rumiñahui

Desde la calle Pichincha alta hasta la Shyris

Av. Victor Hugo

entre Manuelita Saenz y Jácome Clavijo

Permisos para implementar tarimas en la vía pública

Se debe obtener el permiso para implementar una tarima en los lugares asignados, para ello debes presentar los siguientes requisitos:

  • Plan de Contingencia
  • Informe Técnico que avalice que la tarima que se va a armar este en buen estado, debe firmarlo un ingeniero mecánico
  • Permiso del uso del espacio público
  • Permiso de autorización por Intendencia para el desarrollo del evento

¿Tienes Dudas?

Contáctate con nosotros al siguiente numero 032997800 Ext 1426

 

Está Prohibido tarimas y eventos en la vía pública en la Av. Guaytambos

En la Av. Los Guaytambos desde la calle los Higos hasta la calle los Taxos, será peatonizada a fin de precautelar el bienestar de quienes visitan esta zona, están totalmente prohibidas las tarimas y concursos de monigotes.

Multas por incumplir

Ambato, cuenta con la ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público, en esta ordenanza contempla las situaciones en la cual se hace mal uso del espacio público

¿Qué es considerado espacio público?

Son bienes de uso público los siguientes:

  • Calles, avenidas, puentes, pasajes y demás vías de comunicación y circulación
  • Las plazas parques y demás espacios destinados a la recreación u ornato público y promoción turística
  • Las aceras que formen parte integrante de las calles y plazas y demás elementos y superficies accesorios de las vías de comunicación o espacios públicos que se refieran los literales anteriores
  • Las casa comunales, canchas, mercados, escenarios deportivos, conchas acusticas y otros de análoga función de servicio comunitario

La ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público en su artículo 16 literal 1 sección b, menciona que:

Ocupar los bienes de uso público (…)

b. Con la realización de actividades artísticas, religiosas, deportivas, sociales, o cualquier tipo de actividad comercial no autorizada.

Quienes incumplan elos literales del numeral 1, 2, 3 y 4 de este artículo serán sancionados con una multa equivalente al 30% de un salario básico unificado del trabajado y de ser el caso el retiro de su mercadería, herramientas y otros objetos(…)

La multa es de $135, de no cancelar la multa se cobrará por la vía coactiva

 

La ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público en su artículo 16 literal 1 sección b, menciona que:

Ocupar los bienes de uso público (…)

b. Con la realización de actividades artísticas, religiosas, deportivas, sociales, o cualquier tipo de actividad comercial no autorizada.

Quienes incumplan elos literales del numeral 1, 2, 3 y 4 de este artículo serán sancionados con una multa equivalente al 30% de un salario básico unificado del trabajado y de ser el caso el retiro de su mercadería, herramientas y otros objetos(…)

La multa es de $135, de no cancelar la multa se cobrará por la vía coactiva

 

La ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público en su artículo 16 literal 1 sección b, menciona que:

Ocupar los bienes de uso público (…)

f. Para  el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y/o de moderación

Quienes incumplan los literales del numeral 1, 2, 3 y 4 de este artículo serán sancionados con una multa equivalente al 30% de un salario básico unificado del trabajado y de ser el caso el retiro de su mercadería, herramientas y otros objetos(…)

La multa es de $135, de no cancelar la multa se cobrará por la vía coactiva

 

La ordenanza que regula y controla la ocupación de bienes de uso público en su artículo 16 literal 5 , menciona que:

5. tener conductas vandálicas, agresivas, o negligentes en el uso del mobiliario urbano que genere daños y destrucción

Quienes incumplan el literal 5 de este artículo serán sancionados con una multa equivalente al 30% de un salario básico unificado del trabajado (…)

La multa es de $135, de no cancelar la multa se cobrará por la vía coactiva

 

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